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sábado, 17 de julio de 2010

Los sistemas de control interno en los entes descentralizados estadales y municipales desde la perspectiva COSO

Según este artículo se puede observar que el control interno es de importancia para la estructura administrativa contable de una empresa tanto publica como privada. Esto asegura, que tanto son confiables sus estados contables, frente a los fraudes y eficiencia y eficacia operativa.
En el ámbito publico, se distinguen diversas maneras de ejercer control sobre el Estado, como por ejemplo, control sobre los actos de gobierno, sobre los actos de la administración entre otros. Ya que el control es la única forma de frenar el poder que manipula a la ciudadanía.

El control se ha clasificado en externo e interno. A nivel mundial, en el sector publico el Control externo incluye desde la acción de los órganos rectores del control hasta la de la sociedad civil, que exigen transparencia, eficiencia y eficacia en el uso de los recursos públicos.

Por su parte, el Control interno incluye la gestión de la administración activa como la principal responsable de la idoneidad de ese control y de su aplicación, y la de las auditorias internas como un mecanismo más de control, que ejerce una función asesora que agrega valor a la gestión institucional y debe proporcionar una garantía razonable de que la actuación de los funcionarios públicos se ejecuta de conformidad con el marco legal vigente (Contraloría General de la Republica de Costa Rica, 2003).

Otro punto importante, es que actualmente a nivel mundial el informe COSO ha servido como un plan para el establecimiento de controles internos con el fin de promover la eficiencia, minimizar los riesgos, ayudar a garantizar la confiabilidad de los estados financieros, y cumplir con las normas y reglamentos.

Pero algo que impresiona, es que a pesar de que los aportes presentados por las organizaciones internacionales han tenido gran aceptación a nivel mundial; tal es el caso del informe COSO, mientras en el sector público venezolano la normativa que rige el control interno aun no ha considerado formalmente esa nueva concepción del control interno, lo que implica desconfianza a la hora de realizarse un control, debido a que no son utilizados los métodos actualizados y sobre todo adecuados para ello.

En el caso de los entes descentralizados estadales y municipales del estado Mérida perciben el control interno como un requisito legal y no como un proceso sistémico para la mejora continua de la organización.